¿Sabías que en una concelebración, el presbítero que proclama el Evangelio en ausencia de diácono no tiene que pedir la bendición del presbítero que preside?
La Ordenación General del Misal Romano (n. 212) dice sobre la proclamación del Evangelio en una concelebración que «en la concelebración que preside el presbítero, el concelebrante que, en ausencia del diácono, proclama el Evangelio, ni pide ni recibe la bendición del celebrante principal».
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