Noticia Resumen del documento sobre los difuntos Publicado: 26/10/2016: 23049 La publicación por parte de la Congregación de la Doctrina de la fe de la Instrucción Ad resurgendum cum Christo acerca de la sepultura de los difuntos y la conservación de las cenizas en caso de cremación, ha puesto de manifiesto nuevamente las razones doctrinales y pastorales de la Iglesia Católica para la preferencia de la sepultura de los cuerpos en los cementerios u otros lugares sagrados. Así mismo ha ofrecido normas relativas a la conservación de las cenizas en caso de cremación. Fundado el documento en la verdad culminante de la fe cristiana: la resurrección de Cristo, el texto recuerda que enterrando el cuerpo la Iglesia pone de relieve su dignidad y confirma la fe en la resurrección de la carne. Por tanto, entiende que el cristiano no puede permitir actitudes y rituales que impliquen conceptos erróneos de la muerte: anulación definitiva de la persona, fusión con el universo, etapa en el proceso de re-encarnación… Sepultura Además, el documento entiende que la sepultura en los cementerios u otros lugares sagrados responde adecuadamente a la compasión y el respeto debido a los cuerpos de los fieles difuntos que mediante el Bautismo se han convertido en templo del Espíritu Santo. De hecho, la Iglesia Católica la considera oportuna porque favorece el recuerdo y la oración por los difuntos. Y la veneración de los mártires y santos. Mediante la sepultura de los cuerpos, obra de misericordia corporal, recuerda la Instrucción que la tradición cristiana ha custodiado la comunión entre los vivos y los muertos a la vez que se ha opuesto a la tendencia de ocultar o privatizar el acontecimiento de la muerte y el significado que tiene para los cristianos. Cremación Ahora bien, dicho esto, la Iglesia Católica no ve razones doctrinales para evitar la cremación del cadáver. De hecho no está prohibida, «a no ser que haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana». Si por razones legítimas se opta por la cremación del cadáver, las cenizas del difunto, por regla general, deben mantenerse en un lugar sagrado. El documento afirma que por las razones mencionadas anteriormente, no está permitida la conservación de las cenizas en el hogar. Sólo en casos de graves y excepcionales circunstancias. Y recuerda que las cenizas además no pueden ser divididas entre los diferentes núcleos familiares. Para evitar cualquier malentendido panteísta, naturalista o nihilista, la Instrucción afirma también que no está permitida la dispersión de las cenizas en el aire, en la tierra o en el agua. Tampoco la conversión de las cenizas en recuerdos conmemorativos, en piezas de joyería o en otros artículos. Enlace a la Instrucción Ad resurgendum cum Christo