DiócesisEscritos pastorales

Carta pastoral sobre el sacramento de la confirmación

Confirmaciones en la Catedral de Málaga // M. ZAMORA
Publicado: 08/06/2014: 1029

SELLADOS Y UNGIDOS POR EL ESPÍRITU

Carta pastoral sobre el sacramento de la confirmación

(Málaga, 8 de junio de 2014)

Solemnidad de Pentecostés

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ÍNDICE

I.- INTRODUCCIÓN

1.- La misión permanente de la Iglesia

2.- Revalorización de la iniciación cristina

3.- Inspiración catecumenal de la formación en la fe

4.- Esfuerzos realizados y logros obtenidos

5.- Desencanto

6.- Situación socio-religiosa de los candidatos a la confirmación

7.- Objetivos de la presente carta

II.- DEFICIENCIAS EN LA COMPRENSIÓN DEL SACRAMENTO DE LA CONFIRMACIÓN

8.- Deficiencias en la comprensión teológica

9.- Ratificación personal del bautizado

10.- Insistencia en el compromiso del candidato

11.- Confusión del término “confirmación”

12.- Primacía del candidato frente a la primacía del don de Dios

13.- Identificación entre pastoral juvenil y preparación al sacramento

14.- La problemática humana del adolescente o joven como centro de la preparación al sacramento

III.- UNIDAD TEOLÓGICA DE LOS SACRAMENTOS DE LA INICIACIÓN CRISTIANA

15.- Fundamentación bíblica

16. La confirmación en la época patrística

17.- Enseñanza del Concilio Vaticano II

18.- Magisterio postconciliar

19.- Preocupación de los papas Benedicto XVI y Francisco

20.- Separación temporal del bautismo y la confirmación en el rito romano

21.- Las dos tradiciones de Oriente y Occidente

IV.- LUGAR TEOLÓGICO DEL SACRAMENTO DE LA CONFIRMACIÓN

22.- El Catecismo de la Iglesia Católica

23.-  Enseñanza del papa Benedicto XVI

24.- Reflexión teológica de los obispos españoles

25.- Dificultades prácticas para el cambio

26.- Propuesta de celebrar la confirmación antes de la primera comunión

V.- PREPARACIÓN PARA LA CONFIRMACIÓN

27.- La atención pastoral del sacramento de la confirmación

28.- Una adecuada preparación

29.- Requisitos para ser padrino de bautismo y de confirmación

30.- Exigencias del padrinazgo

31.- Implicación de los padres en la educación en la fe de sus hijos

32.- El criterio del uso de razón para la recepción del sacramento

33.- Edad del candidato para la recepción del sacramento

34.- Praxis común de la recepción del sacramento

VI.- CELEBRACIÓN DEL SACRAMENTO DE LA CONFIRMACIÓN

35.- La promesa del Espíritu

36.- La efusión del Espíritu, esencial en el sacramento de la confirmación

37.- La imposición de manos

38.- La crismación con signación

39.- Fórmula del sacramento

40.- Lugar de la celebración del sacramento

41.- Efectos del sacramento de la confirmación

VII.- Los símbolos del Espíritu Santo

42. Los símbolos más representativos

43.- El agua

44.- El fuego

45.- La luz

46.- La nube

47.- El aliento

48.- El óleo

49.- El sello

50.- El dedo

51.- La paloma

VIII.- CONCLUSIÓN

52.- Necesidad de potenciar la celebración de la confirmación

53.- Principios orientativos

 

SIGLAS

CEE: Conferencia Episcopal Española.

CEC: Catecismo de la Iglesia Católica.

CEDF:  Comisión episcopal española para la Doctrina de la fe

CEL: Comisión Episcopal Española de Liturgia.

CIC: Código de Derecho Canónico.

DS: Denzinger-Schönmetzer, Enchiridion symbolorum definitionum et declarationum de rebus fidei et morum.

LG: Concilio Vaticano II, Lumen gentium.

RICA: Congregación para el Culto divino, Ritual de la Iniciación Cristiana para Adultos.

SC: Benedicto XVI, Sacramentum caritatis.

 

I.- INTRODUCCIÓN

1.- La misión permanente de la Iglesia

Los cambios sociales, culturales y religiosos, que han tenido lugar en España en las últimas décadas, dando paso a una sociedad secularizada y a un abandono de la vida cristiana, han urgido a replantear la evangelización y la catequesis.

En nuestra época ha disminuido el número de bautismos de infantes, muchos bautizados no completan su proceso de fe, y no son pocos los que habiendo recibido el bautismo se han alejado de la Iglesia y han abandonado la vida cristiana.

La Iglesia tiene desde siempre la gran misión de anunciar el Evangelio y de “hacer cristianos” a los hombres de cada época, adaptando a sus destinatarios el mensaje evangélico. Además de engendrarlos en la fe, tiene la tarea de educarlos en la misma, convirtiéndolos en discípulos de Jesucristo (cf. Mt 28,19).

2.- Revalorización de la iniciación cristina

El Señor Jesús, antes de subir a los cielos, confirió a los apóstoles una misión: «Id y haced discípulos de todos los pueblos, bautizándoles en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, y enseñándoles a guardar todo lo que yo os he mandado» (Mt 28, 19-20).

La Iglesia, fiel a este mandato, continúa haciendo discípulos, anunciando el Evangelio y celebrando los sacramentos.

Como en los tiempos apostólicos, la respuesta de la Iglesia a quien desea seguir a Jesús es la misma que la de Pedro: «Arrepentíos y bautizaos todos en nombre de Jesucristo, para que se os perdonen los pecados, y recibiréis el don del Espíritu Santo» (Hch 2, 38-39).

La Iglesia continúa engendrando nuevos hijos y los nutre, para que crezcan como hijos de Dios, mediante la iniciación cristiana. Esto lo manifiestan recientes documentos del Magisterio pontificio.

3.- Inspiración catecumenal de la formación en la fe

La forma de hacer catequesis ha cambiado con el nuevo estilo de la sociedad en que vivimos. Resulta insuficiente una catequesis al estilo escolar, centrada en conocer los contenidos.

Es necesaria una formación en la fe de “inspiración catecumenal”, que acentúe la conversión a Dios, la oración, la participación en la liturgia y en la comunidad cristiana, la vida moral evangélica, el compromiso evangelizador y misionero; y, naturalmente, el conocimiento del mensaje religioso.

La maduración en la fe es un proceso personal, que implica todas las dimensiones del ser humano y tiene en cuenta todas las etapas de la vida del cristiano. Esto conlleva que se deban ofrecer procesos personalizados para ayudar a vivir la fe. Sin embargo, a veces, no sean adecuados los grupos cuando sus componentes se encuentran en momentos muy distintos de su proceso de fe.

4.- Esfuerzos realizados y logros obtenidos

Se constata el esfuerzo realizado desde el postconcilio en la pastoral del sacramento de la confirmación, centrada fundamentalmente en adolescentes y jóvenes; y la gran ilusión y esperanzas puestas en esta tarea.

Agradecemos la gran labor y la dedicación de los párrocos, sacerdotes y catequistas por los grandes logros conseguidos, entre los que se pueden destacar: la reincorporación de adolescentes y jóvenes a la vida de fe; la maduración de la fe recibida y poco cultivada; los compromisos bautismales fortalecidos; el testimonio de vida; la renovación de las comunidades cristianas; los nuevos agentes de pastoral incorporados tras la confirmación; las vocaciones a la vida consagrada nacidas de esta experiencia de fe.

5.- Desencanto

Junto a los logros se constata también un cierto desencanto de dicha labor pastoral, debido a varios factores: Sólo se confirma un relativo porcentaje de bautizados; en bastantes comunidades los confirmandos son invitados a la catequesis de confirmación después de una larga ausencia de la vida cristiana; la permanencia en una vida de fe alcanza porcentajes muy bajos.

Al sacramento de la confirmación se ha llamado con cierta ironía “sacramento de la despedida”, porque muchos jóvenes, tras haberlo recibido, han abandonado incluso la celebración dominical, si es que la celebraban antes de recibir la confirmación.

Algunos sacerdotes y catequistas han sido reacios en aceptar que la confirmación se celebrase antes de la primera comunión, porque temían que, de ese modo, los niños desaparecerían de la parroquia y no habría continuidad después de la comunión. Ha sido necesaria la experiencia para verificar que los confirmados antes de la primera comunión no han desaparecido de la parroquia en mayor número que cuando se celebraba en la edad juvenil. Al contrario, ha habido mayor continuidad.

Da la impresión de que la catequesis tiene como objetivo principal la recepción del sacramento; de ser así, se constata que falta un proyecto de una pastoral fundamentada en la iniciación cristiana, donde los sacramentos sean momentos culminantes, o hitos, y no fines en sí mismos.

Además, la pastoral juvenil, desde hace décadas, ha quedado absorbida o sustituida por la pastoral de la confirmación.

6.- Situación socio-religiosa de los candidatos a la confirmación

Aunque la situación es muy amplia y diversa, los candidatos se pueden distinguir y agrupar fundamentalmente en tres grupos.

Un primer grupo de bautizados que celebran y viven su fe participando habitualmente en la eucaristía dominical y que prestan servicios pastorales en la comunidad parroquial.

Un segundo grupo lo constituyen personas bautizadas, con fe, que conocen poco los fundamentos de la misma y no la han desarrollado suficientemente; algunos han vivido alejados de la Iglesia, sin haber sido nunca educados en la fe; y otros tienen una arraigada religiosidad popular con sinceros sentimientos religiosos. También encontramos algunos que piden la confirmación porque desean casarse por la Iglesia, ser padrinos de bautismo, ingresar en alguna asociación de fieles, u otros motivos razonables.

Por último, un tercer grupo de bautizados (adolescentes, jóvenes y adultos), que han perdido el sentido de la fe o incluso no se reconocen ya como miembros de la Iglesia, llevando una existencia alejada de Cristo y su Evangelio.

Procedentes de todos los grupos anteriores están las familias con niños no bautizados que presentan a éstos para que hagan la primera comunión.

Todos tienen en común la cultura actual caracterizada por un fuerte secularismo, una indiferencia religiosa, una visión autónoma del hombre y del mundo y, por tanto, la consideración de que Dios es irrelevante en sus vidas.

Estas situaciones piden un esfuerzo de evangelización, de iniciación cristiana y de reiniciación. Es necesario, en todo caso, ofrecer una actitud de acogida hacia ellos que, en muchas ocasiones y por diversos motivos, llaman desorientados a las puertas de la Iglesia.

7.- Objetivos de la presente carta

En las décadas posteriores al Concilio Vaticano II algunos aspectos del sacramento quedaron oscurecidos por una praxis no muy acorde con la teología de este sacramento. La presente carta pastoral ofrece una sencilla reflexión teológico-pastoral para valorar mejor el sacramento de la confirmación, tal como.

Como es sabido, muchos confirmandos son poco practicantes o apenas les interesa realmente la vida de fe. Otros candidatos, sobre todo jóvenes, abandonaban el proceso preparatorio porque se les pedía varios años de preparación, al hacer coincidir la pastoral juvenil con la preparación al sacramento. Esta carta pretende animar, a pastores y a fieles, a una buena preparación de los candidatos a la confirmación, para que sean mejores conocedores y más conscientes del significado de este sacramento, que les lleve al seguimiento del Señor resucitado y a un verdadero testimonio de la fe.

Dado el escaso número de fieles adultos confirmados, nos propusimos desde hace unos años potenciar en nuestra Diócesis la confirmación de bautizados con el lema: “Ningún cristiano adulto sin confirmar”. Han sido muchísimos los fieles que, en estos últimos años, han recibido el sacramento de la confirmación.

Otro objetivo importante es resituar la celebración de este sacramento en su lugar propio teológico, es decir, después del bautismo y antes de participar en la eucaristía, plenitud de la iniciación cristiana. Hemos verificado algunas dificultades para aceptar esta propuesta, pero el tiempo irá ayudando a madurar las razones de este cambio, que la praxis de varios años ya ha consolidado.

Las reflexiones de la presente carta no han sido motivadas por estudios teóricos, sino que son fruto de una larga experiencia episcopal de este sacramento en tres diócesis diversas.

Hace ya unos años anuncié que era necesario hacer una reflexión sobre la confirmación, para volver a celebrar este sacramento antes de participar por primera vez en la eucaristía, como sostiene el magisterio eclesial. Ofrecemos ahora esta reflexión. Recordaba también que no convenía hacer un problema con el tema de la edad para la recepción del sacramento de la confirmación, porque lo más importante es ayudar al bautizado a vivir mejor el seguimiento de Jesucristo, fortalecido por la gracia sacramental.

II.- DEFICIENCIAS EN LA COMPRENSIÓN DEL SACRAMENTO DE LA CONFIRMACIÓN

8.- Deficiencias en la comprensión teológica

En algunas deficiencias que veremos se detectan unos supuestos antropológicos, difundidos en el ambiente cultural y social, que no coinciden con la visión que la Iglesia tiene del hombre y de su salvación.

Otras deficiencias son fruto de una teología deficiente. Siempre se demuestra que una buena teología lleva a una buena praxis pastoral; y, al contrario, una teología deficiente produce una praxis inadecuada. Esto ha sucedido con el sacramento de la confirmación.

La praxis pastoral del sacramento de la confirmación, en lo que se refiere a su preparación y administración, arrastra desde hace varias décadas aspectos preocupantes. Veamos algunas deficiencias en la praxis.

9.- Ratificación personal del bautizado

Después del Concilio Vaticano II se extendió una concepción inadecuada del sacramento de la confirmación que desvirtuaba el concepto mismo de dicho sacramento, confundiéndolo con una ratificación personal del bautizado.

En el marco de la unidad de los sacramentos de iniciación, afirmada por la Iglesia, el Catecismo recuerda que se puede hablar de la confirmación como un sacramento de la madurez cristiana, que perfecciona el bautismo; pero no hay que confundir la madurez humana con la madurez en la fe. Estas no tienen que coincidir necesariamente.

La Comisión episcopal española para la Doctrina de la fe decía al respecto: “Ciertas opiniones recogidas en catequesis preparatorias de la confirmación y moniciones para su celebración parecen poner lo sustancial de este sacramento sólo en la «ratificación» personal y libre que, de su bautismo, hacen los candidatos al aceptar como suyos la fe y los compromisos bautismales que en su infancia otros profesan en su lugar”.

Los obispos españoles apuntaban la necesidad de tomar en serio el peligro de que “la confirmación sea considerada como una ratificación personal que convalida el bautismo, o como una opción personal que son capaces de asumir sólo unos pocos, y no como el “don” gratuito del Espíritu”.

10.- Insistencia en el compromiso del candidato

Después del Concilio Vaticano II se insistió mucho en España por parte de los pastores y catequistas que el candidato a la confirmación debía asumir el compromiso bautismal ratificando y confirmando su fe.

Señalan los obispos españoles que “al haberse prescindido prácticamente de la posibilidad de celebrar la confirmación al llegar la edad de la discreción, se puede dar la impresión de que carece de sentido el celebrar este sacramento cuando el sujeto no es consciente”.

La oportunidad pastoral no puede ser tomada como el único criterio que se ha de tener en cuenta en la preparación del sacramento, y deberían sopesarse más las razones teológicas.

11.- Confusión del término “confirmación”

El nombre que se usa en la Iglesia latina para referirse a este sacramento significa ciertamente confirmación del Bautismo en la medida que por él se “confirma el bautismo y robustece la gracia bautismal”.

El Catecismo es muy claro en este aspecto: “En la liturgia de las Iglesias de Oriente, la unción postbautismal es el sacramento de la crismación (confirmación). En la liturgia romana, dicha unción anuncia una segunda unción del santo crisma que dará el obispo: el sacramento de la confirmación que, por así decirlo, "confirma" y da plenitud a la unción bautismal”. El confirmando, por tanto, no necesita “confirmar” su fe, sino que ésta es confirmada por el mismo sacramento.

Lógicamente, la liturgia de la confirmación prevé una renovación de las promesas bautismales, porque la confirmación perfecciona la fe recibida en el bautismo. Pero ello no debe ser entendido como una ratificación personal o confirmación del candidato sobre su bautismo, como si la gracia de éste no fuese un don gratuito y necesitase la ratificación del sujeto para ser efectiva.

De hecho, en las iglesias católicas de rito oriental el sujeto que recibe la confirmación puede ser un infante, inconsciente de lo que recibe, como sucede en el bautismo. Ellas usan para la confirmación el término “crismación”.

12.- Primacía del candidato frente a la primacía del don de Dios

En la praxis pastoral daba la impresión de que el candidato era el protagonista de la confirmación, afirmando la primacía de su respuesta y de su compromiso, frente a la gracia.

Sin embargo, la confirmación debe entenderse como un nuevo don de Dios que ahonda en el bautismo y lo lleva a su plenitud, teniendo como meta la participación plena y activa en la eucaristía. Es así una “prolongación del acontecimiento de Pentecostés”, que lleva a plenitud la dimensión eclesial y misionera del bautismo.

El don que Dios concede en la confirmación es el Espíritu Santo, como don del amor de Dios que libera y recrea nuestra libertad (cf. 2 Co 3,17). Conducidos por este Espíritu, somos hijos de Dios (cf. Rm 8,14-17) y participamos de la libertad gloriosa de los hijos de Dios (cf. Rm 8,29).

Es importante, por tanto, que no se pierda de vista el sentido propiamente sacramental y, con ello, la primacía del don de Dios, ya que “el hombre no se hace cristiano por sus maneras de pensar ni por sus obras […] le hace cristiano la acción pascual de Dios en Cristo, que le conduce a unas maneras de pensar  y obrar cristianas por medio de los sacramentos”.

13.- Identificación entre pastoral juvenil y preparación al sacramento

Una vez terminada la etapa catequética de preparación al sacramento de la eucaristía, resultaba difícil que los niños permanecieran en la comunidad parroquial, dado que muchos padres poco practicantes deseaban dar término a su obligación de acompañar a sus hijos. Solo permanecían aquellos niños cuyas familias vivían la fe normalmente.

Desde el Concilio Vaticano II se ha hecho coincidir en la praxis pastoral la preparación y la celebración del sacramento de la confirmación con la pastoral juvenil. Era una manera sencilla de retener a los jóvenes en las parroquias y ofrecerles una mayor formación para su maduración en la fe.

Sin embargo, la pastoral juvenil tiene sus propios objetivos y recursos, y no necesita de un sacramento para mantenerse. Nuestro parecer es que no se debe utilizar un sacramento como instrumento (motivación, excusa, cebo), para obtener un objetivo distinto del sacramento en sí. Si se pretende que los jóvenes se formen y maduren en la fe, habrá que crear instrumentos adecuados para este fin, independientemente de la celebración de un sacramento.

Habría que evitar que la iniciación cristiana quedase reducida a las etapas de la infancia y preadolescencia, para lo cual se deben promover iniciativas a favor de una pastoral de adolescencia y juventud. También se debería evitar que la confirmación quedara afectada por la instrumentalización social de que es objeto actualmente la celebración de la primera eucaristía.

14.- La problemática humana del adolescente o joven como centro de la preparación al sacramento

Otra praxis deficiente en la preparación al sacramento de la confirmación, tras el análisis de algunos de los materiales utilizados, consistía, en algunos casos, en estar más preocupados por la problemática humana del adolescente que por el sentido sacramental del acontecimiento para el que se preparaban.

 

III.- UNIDAD TEOLÓGICA DE LOS SACRAMENTOS DE LA INICIACIÓN CRISTIANA

15.- Fundamentación bíblica

La confirmación es un sacramento referido al bautismo y vinculado necesariamente a él. La donación del Espíritu Santo en ambos sacramentos tiene una finalidad propia en cada uno de ellos.

Cristo promete el envío del Espíritu Santo (cf. Jn 14-17; Lc 24, 49; Hch 1, 8), que es recibido por los apóstoles, por la comunidad de creyentes, e incluso por todas las gentes (cf. Jn 20, 22-23; Hch 2, 1-42; 10, 44-48).

El envío del Espíritu Santo es realizado de una triple forma: en primer lugar, teofánica, visible, por medio de signos extraordinarios, como Pentecostés (cf. Hch 2, 1-42); en segundo lugar, personal, invisible (cf. Jn 14, 16-24; Col 2, 3; Rm 8, 8-10; Gal 2, 20); y, en tercer lugar, sacramental, simbólica, a través de signos concretos, como el agua del bautismo o la imposición de manos de la confirmación (cf. Hch 2, 38-39; Mc 1, 8; Jn 3, 5; Hch 8, 14-17; 19, 1-6).

Los ritos del bautismo y de la imposición de manos son para la donación del Espíritu, pero con diferencias, dadas por sus efectos y finalidad.

La oración de consagración del crisma pone en estrecha relación el bautismo y la confirmación: “Después de que el agua bautismal lava los pecados, el óleo santo consagra nuestros cuerpos (…) Tu Hijo, nuestro Señor Jesucristo, después de ser bautizado por Juan en el Jordán, recibió el Espíritu Santo en forma de paloma” (Misal Romano, Misa Crismal, Consagración del crisma).

16. La confirmación en la época patrística

El término confirmación no se encuentra en el Nuevo Testamento ni en la Didajé; aparece en los escritos de Tertuliano y Hipólito de Toma.

En los cuatro primeros siglos lo que se entiende actualmente como confirmación es uno de los tres momentos inseparables de la celebración de la iniciación cristiana y se ubica inmediatamente después del bautismo. Vista así, se consolida la referencia de un camino iniciático en tres momentos únicos e inseparables.

A partir del siglo IV, debido al aumento de cristianos y a la aparición de las parroquias, el obispo no podía estar presente en este iter celebrativo y se reservaba a él en occidente la administración de la unción post bautismal correspondiente.

Más tarde el Ordo Romanus XI se ocupa de la liturgia bautismal entre los siglos VI y VIII. La celebración del bautismo de niños, que se había extendido, también seguía el esquema celebrativo del ritual de adultos.

Estos itinerarios sacramentales hablan de un único y gran conjunto sacramental administrado en un mismo rito, pero en tres momentos celebrativos (y no temporales) distintos: el bautismo, realizado por los diáconos y precedido de una unción preparatoria con las respectivas renuncias y la inmersión con profesión de fe; una nueva unción de óleo por parte de los presbíteros asistentes; y luego se hace referencia a la unción con óleo (crisma) administrada por el mismo obispo que presidía la celebración de la Vigilia pascual.

17.- Enseñanza del Concilio Vaticano II

El Concilio pone de relieve la unidad entre los sacramentos de la iniciación cristiana.

Por el sacramento del bautismo “los fieles, incorporados a la Iglesia, (…) quedan destinados por tal carácter al culto de la religión cristiana, y, regenerados como hijos de Dios, tienen el deber de confesar delante de los hombres la fe que recibieron por medio de la Iglesia”.

Por el sacramento de la confirmación los fieles “se vinculan más estrechamente a la Iglesia, se enriquecen con una fortaleza especial del Espíritu Santo, y de esta forma se obligan con mayor compromiso a difundir y defender la fe con su palabra y sus obras como verdaderos testigos de Cristo”.

El Concilio considera la eucaristía como el sacramento cumbre, hacia el cual tiende toda la vida cristiana: “Por lo cual la eucaristía aparece como fuente y cima de toda evangelización, al introducirse, poco a poco, los catecúmenos en la participación de la eucaristía, y los fieles, marcados ya por el sagrado bautismo y la confirmación, se injertan cumplidamente en el Cuerpo de Cristo por la recepción de la eucaristía”.

Cada sacramento de la iniciación cristiana hace ahondar en el misterio de Cristo. Esta unidad no es simplemente teórica, sino que responde a la necesidad real de los tres sacramentos para la plena iniciación del creyente. En este sentido, ya el Concilio Vaticano II invitaba a revisar el rito de la confirmación con el fin de que aparezca con claridad su relación con toda la iniciación.

18.- Magisterio postconciliar

Los sacramentos de la iniciación cristiana constituyen una unidad, porque “ponen los fundamentos de la vida cristiana: los fieles, renacidos en el bautismo, se fortalecen con la confirmación, y son alimentados en la eucaristía”.

El Catecismo de la Iglesia Católica extrae una consecuencia evidente: el bautizado, no solo puede, sino que debe recibir el sacramento de la confirmación. Y también el Código de Derecho Canónico dice: “los fieles tienen la obligación de recibir este sacramento en tiempo oportuno”.

La doctrina de la Iglesia es muy clara respecto a la unidad teológica de los sacramentos de iniciación: “La iniciación cristiana se realiza mediante el conjunto de tres sacramentos: el Bautismo, que es el comienzo de la vida nueva; la confirmación que es su afianzamiento; y la eucaristía que alimenta al discípulo con el Cuerpo y la Sangre de Cristo para ser transformado en El”.

La recepción del sacramento de la confirmación es necesaria para la plenitud de la gracia bautismal, porque “la confirmación perfecciona la gracia bautismal”.

En el caso de celebrarse la confirmación separadamente del bautismo, se debe expresar su conexión por la renovación de los compromisos bautismales.

Teniendo en cuenta lo que es el sacramento, se comprende que la Iglesia establezca la unidad íntima entre los sacramentos de la iniciación cristiana: «Los sacramentos del bautismo, de la confirmación y de la santísima eucaristía están tan íntimamente unidos entre sí, que todos son necesarios para la plena iniciación cristiana».

En mi carta pastoral sobre la renovación de la catequesis de infancia decía que la celebración del sacramento de la confirmación de los fieles bautizados en la infancia se había pospuesto, en las últimas décadas, a la recepción de la eucaristía, que es el culmen de la vida cristiana. De este modo resultaba difícil expresar y mantener la unidad entre los sacramentos de la iniciación cristiana, aunque se quisiera justificar.

19.- Preocupación de los papas Benedicto XVI y Francisco

El papa Benedicto insiste en la necesidad de reiterar que “somos bautizados y confirmados en orden a la eucaristía. Esto requiere el esfuerzo de favorecer en la acción pastoral una comprensión más unitaria del proceso de iniciación cristiana”.

El papa Francisco, en una audiencia general de 2014, quiso señalar la importancia que tiene recibir el sacramento de la confirmación para los que ya fueron bautizados. El papa remite a los orígenes de la Iglesia, donde se visualizaba con mayor claridad la unidad de los tres sacramentos de la iniciación. Si los fieles bautizados no reciben la confirmación “quedarán a mitad de camino y no recibirán el Espíritu Santo, que es tan importante en la vida cristiana”.

20.- Separación temporal del bautismo y la confirmación en el rito romano

Uno de los peligros es la separación, no ya temporal, sino teológica, de los sacramentos de iniciación que confunde su unidad.

Hay que insistir en la unidad intrínseca entre el sacramento del bautismo y de la confirmación, aunque sean celebrados en momentos diversos; pero resulta más difícil hacer patente dicha unidad, si la confirmación se celebra después de la participación habitual en la eucaristía.

Ni los datos del Nuevo Testamento, ni el testimonio de la primera Tradición hasta el siglo V dan de sí para afirmar una separación de los sacramentos del bautismo y de la confirmación. El ministro de ambos sacramentos suele ser el mismo, el obispo. El nombre de la “confirmación” no consta hasta el siglo V.

La unidad sacramental bautismo-confirmación la podemos constatar en el Concilio de Elvira (300), donde se habla de la necesidad de recurrir al obispo, cuando alguien (diácono o laico) haya bautizado por razones graves en ausencia del obispo; éste debía completar algunos ritos post-bautismales.

La Iglesia, por razones pastorales, vino a concretar una expresión signal primera (ritos postbautismales) en una realidad sacramental autónoma (sacramento de la confirmación), aunque, desde sus inicios, tuvo conciencia de esta sacramentalidad instituida y unida al bautismo, pero diferenciada, que se encontraba latente en dichos ritos postbautismales.

A partir del siglo V se rompe esta unidad en occidente, cuyo ritual de la confirmación data del siglo VIII. El uso de administrar el sacramento de la confirmación de manera autónoma se generaliza hacia el siglo XI; sólo en el siglo XII el rito de la confirmación aparece separado de la liturgia de la Vigilia pascual, según el Pontifical de Durando, obispo de Mende, y será adoptado por el papa Inocencio VIII en 1485.

El concepto “sacramental” no es unívoco, sino análogo, sin poner en cuestión la realidad definida del septenario sacramental. Por ello se puede hablar de “sacramento”, en sentido amplio, aplicado a diversas realidades: Cristo, Iglesia, hombre, signos sacramentales; cada uno realiza la “sacramentalidad” a su modo.

21.- Las dos tradiciones de Oriente y Occidente

Como nos recuerda el Catecismo de la Iglesia Católica, en los primeros tiempos de la Iglesia la confirmación y el bautismo constituían una única celebración. De hecho, San Cipriano habla de un «sacramento doble».

En Occidente, por el razones teológicas se reservó al obispo el acto de conferir la plenitud del bautismo y se estableció la separación temporal de ambos sacramentos. La propia evolución de la Iglesia llevó a una multiplicación de los bautismos de niños, así como a un aumento considerable del número de parroquias, y esto dificultó la presencia del obispo.

El Oriente, en cambio, ha conservado unidos los dos sacramentos; de este modo la confirmación es administrada por el presbítero que bautiza; pero sólo puede hacerlo con el "myron" consagrado por un obispo.

La Iglesia de Roma desarrolló la práctica occidental, en la que había una doble unción con el santo crisma después del bautismo: una era realizada por el presbítero al neófito al salir del baño bautismal; la segunda unción era hecha por el obispo en la frente de cada uno de los recién bautizados. La primera unción con el crisma, hecha por el sacerdote, quedó unida al rito bautismal. Pero si el bautismo es conferido a un adulto sólo hay una unción postbautismal: la de la confirmación.

La práctica de las Iglesias de Oriente destaca más la unidad de la iniciación cristiana; mientras que la Iglesia latina expresa más la comunión del nuevo cristiano con su obispo, garante y servidor de la unidad de su Iglesia.

 

IV.- LUGAR TEOLÓGICO DEL SACRAMENTO DE LA CONFIRMACIÓN

22.- El Catecismo de la Iglesia Católica

El Catecismo, por un lado, sitúa la edad apropiada coincidiendo con el uso de razón, silenciando la praxis muy extendida de asociar este sacramento a la adolescencia; por otro, recuerda que la culminación de la iniciación cristiana coincide con la participación eucarística.

El Catecismo no solo subraya la unidad de los tres sacramentos de iniciación, sino que coloca la confirmación entre el bautismo y la eucaristía, incluso cuando se refiere a la práctica occidental.

23.-  Enseñanza del papa Benedicto XVI

Como ha dicho Benedicto XVI, la relación de la confirmación con el bautismo y la eucaristía implica un acto de fe en el sacramento: “se ve claramente que el cristiano, incluso antes de actuar, ya posee una interioridad rica y fecunda, que le ha sido donada en los sacramentos del bautismo y la confirmación, una interioridad que lo sitúa en una relación objetiva y original de filiación.

No se trata de convencerse y comprometerse para hacer eficaz el sacramento, lo cual no haría sino desvirtuar su sentido, sino del reto de recibir el sacramento como una invitación para transformar el don objetivo en una realidad subjetiva, importante para vivir la fe.

Es necesario valorar y prestar atención al orden teológico de los sacramentos —bautismo, confirmación, eucaristía—, como dice el papa Benedicto, para “verificar qué praxis puede efectivamente ayudar mejor a los fieles a poner de relieve el sacramento de la eucaristía como aquello a lo que tiende toda la iniciación”.

24.- Reflexión teológica de los obispos españoles

En el contexto de la problemática señalada, los obispos han reflexionado sobre la administración del sacramento de la confirmación antes de participar en la eucaristía.

Los obispos españoles explican que la celebración de la confirmación en torno a la edad de la discreción, como señala el canon 891, supone seguir el itinerario sacramental del bautizado y situar el sacramento del Espíritu dentro de la dinámica de la preparación a la primera eucaristía.

Puede pensarse que esta opción, coherente también con el decreto de la Conferencia Episcopal Española, pone más fácilmente de relieve el sentido mismo de los sacramentos de la iniciación en relación con la eucaristía, hacia la que se orientan y en la que alcanzan su culminación. De este modo, el bautizado y confirmado se incorpora de manera progresiva y más clara al misterio de Cristo y de la Iglesia, aspecto especialmente significado y realizado en la celebración eucarística.

Es evidente que los obispos españoles han valorado positivamente esta praxis porque muestra, de manera más nítida, la relación de la confirmación con el bautismo y la eucaristía. En esta opción se dan cita dos actos de fe o de confianza: uno en la capacidad de los niños, y otro en el poder del sacramento. Como señalan los obispos, se trata de “un acto de confianza en la capacidad real de los niños de percibir la gratuidad del ‘don del Espíritu’ otorgado”.

25.- Dificultades prácticas para el cambio

A pesar de la claridad de la posición teológica, los obispos españoles son conscientes de las dificultades que pueda generar un cambio de praxis al pasar la confirmación antes de la primera comunión.

Temen que este cambio pueda suponer la pérdida de los aspectos positivos de la experiencia anterior; y proponen que “al término de las etapas catecumenales de la adolescencia y de la juventud, se haga una celebración con la renuncia y profesión de fe bautismales […] en la noche pascual o en la solemnidad de Pentecostés”.

Hemos recorrido la enseñanza de la Iglesia, y en ella queda claro que el lugar teológico propio de la celebración del sacramento de la confirmación se sitúa entre el bautismo, al que perfecciona y completa, y la eucaristía, a la que tiende como plenitud de la iniciación cristiana.

La preocupación de muchos obispos, presbíteros y catequistas proviene del miedo a perder la oportunidad de retener a adolescentes y jóvenes en ambientes eclesiales, para que maduren su fe y se vayan incorporando a la vida de sus comunidades cristinas.

Muchos pastores y catequistas temen que, si los niños se confirman antes de la primera comunión, desaparecerán de la parroquia al finalizar la primera comunión. La experiencia de varios años demuestra que la perseverancia en la comunidad parroquial no depende del momento de la celebración de los sacramentos, sino de una pastoral adecuada de la iniciación cristiana y de la tarea de los padres como educadores de la fe de sus hijos.

Hemos de tener presente que la pastoral juvenil, como ya hemos dicho, no se debe identificar con la preparación al sacramento de la confirmación.

La razón más importante que avala el cambio de celebrar la confirmación antes de la eucaristía es de orden teológico, litúrgico y pastoral. Los sacramentos son signos eficaces de gracia; si el sujeto está en condiciones de celebrar un sacramento, no se le debe impedir, porque se le estaría negando una gracia a la que tiene derecho como cristiano. Sería como prohibir a un niño, con varios años de edad, tomar alimento sólido, y continuar alimentándolo sólo con leche materna.

Por otra parte, no se pueden aducir “razones pastorales” que vayan en contra de la verdad del sacramento. Lo pastoral se rige por el principio de que la salvación de Dios llegue a la persona. Si un fiel cristiano puede recibir la gracia que le salva, nadie debería impedirlo.

Otra cuestión muy diferente es que se necesita mucha creatividad para afrontar los retos pastorales. Sin embargo, es necesario buscar otras soluciones, independientemente de los sacramentos, para resolver los problemas pastorales que se nos planteen.

En conclusión, la praxis de celebrar el sacramento de la confirmación antes de la eucaristía está más que justificada, teológica, litúrgica y pastoralmente, y ha dado sus buenos frutos en los años en que estamos realizándola.

La pastoral de confirmación debe tener como meta llevar al confirmando a participar, por primera vez, plena y activamente en el banquete eucarístico, puesto que, como atestiguan la tradición y la liturgia, la confirmación está directamente ordenada a la eucaristía.

 

V.- PREPARACIÓN PARA LA CONFIRMACIÓN

27.- La atención pastoral del sacramento de la confirmación

A principios de los años noventa del siglo pasado los obispos españoles valoraban mucho los frutos de la pastoral del sacramento de la confirmación, considerando que esta celebración se había convertido en uno de los momentos importantes de la acción pastoral con las nuevas generaciones.

Si la atención pastoral en la preparación del bautismo y la primera comunión se orientaba más a los padres, en la preparación para el sacramento de la confirmación se orientaba decididamente a los adolescentes y jóvenes.

28.- Una adecuada preparación

El Código de Derecho Canónico pide que el párroco imparta una catequesis adecuada para la celebración de los sacramentos durante el tiempo que sea conveniente. Y la confirmación es un sacramento que exige la debida preparación.

El Catecismo indica que la preparación para la confirmación debe tener como horizonte la unión más íntima con Cristo, la familiaridad con el Espíritu Santo y su acción, el sentido de pertenencia a la Iglesia y la asunción de las responsabilidades apostólicas que se derivan de ello.

Concierne al obispo determinar los contenidos y la etapa catequética preparatoria del sacramento de la confirmación, que será necesaria, tanto si se realiza antes de la primera comunión como si se hace después. En cualquiera de los casos hay que prever que los adolescentes y jóvenes prosigan su formación cristiana.

En esta línea, los obispos de las diócesis andaluzas hemos reflexionado sobre la seriedad de la preparación y las condiciones que deben reunir los candidatos. No se debe admitir al sacramento a quienes no han tomado en serio la preparación, ya sea por su absentismo, ya por porque no tienen intención sincera de secundar con sus vidas las exigencias de la fe y la moral cristiana.

También es importante la preparación específica para la celebración de este momento crucial en la vida del cristiano, que debe incluir diversos aspectos: desde despertar la conciencia sobre la vivencia gozosa del acontecimiento hasta la forma adecuada de participar, incluso en los detalles externos, como puede ser el decoro acorde con la santidad de la liturgia.

29.- Requisitos para ser padrino de bautismo y de confirmación

La Iglesia pide a los padrinos de la confirmación los mismos requisitos que a los padrinos de bautismo. Entre otros se exige que hayan recibido los sacramentos de la iniciación cristiana.

Durante varias décadas se había aceptado en nuestra Diócesis la misión de ser padrino de estos sacramentos sin estar confirmado. Por eso ha sido necesario animar a quienes deseaban ser padrinos a que se preparasen convenientemente para confirmarse.

Siguiendo la enseñanza del Derecho Canónico y del Catecismo, es conveniente que los padrinos de confirmación sean los mismos que lo fueron del bautismo, mostrando así la unidad de los sacramentos.

Los padres no deben ser padrinos en la confirmación de sus hijos. Tampoco deben ser padrinos quienes reciben la confirmación en la misma celebración, ni pueden ser los dos padrinos del mismo sexo.

30.- Exigencias del padrinazgo

Algunos pastores y fieles muestran su perplejidad al contemplar que la Iglesia exige más a los padrinos que a los padres para el bautismo de infantes. A los padres sólo se les exige que soliciten el bautismo para sus hijos y que garanticen la educación en la fe.

Una de las exigencias es llevar una vida consecuente con la fe bautismal; por tanto, la motivación para ser confirmado debe ser el seguimiento de Jesucristo. Nadie debería solicitar la confirmación con el único propósito de ser padrino, o de casarse por la Iglesia.

Los párrocos deben velar para que el bautizando o confirmando tenga al menos un padrino o una madrina que cumpla los requisitos indicados; y si la familia, previo diálogo, no aporta ningún candidato adecuado, la comunidad parroquial donde se inserta el neófito deberá proveer al menos un padrino que cumpla los requisitos canónicos.

31.- Implicación de los padres en la educación en la fe de sus hijos

Corresponde a la familia cristiana iniciar en la fe a sus hijos, desde la más tierna infancia, al igual que les educan en el lenguaje y en la cultura propia.

No tiene sentido que los padres cristianos aplacen el bautismo y la educación cristiana de sus hijos, bajo el falso pretexto de que éstos elijan al llegar a la edad adulta.

Los padres, al ofrecer lo mejor que tienen a sus hijos (lengua, cultura, valores, alimento, bienes materiales), no deben privarles del valor imprescindible de la dimensión religiosa.

Animamos a todos los padres a que se impliquen en primera persona en la educación cristiana de sus hijos, desde su más tierna infancia, superando así la moda de no bautizarlos, que no tiene fundamento antropológico ni religioso.

32.- El criterio del uso de razón para la recepción del sacramento

El Código de Derecho Canónico, en el marco de la unidad que constituyen los sacramentos de la iniciación cristiana, señala que para que un bautizado reciba la confirmación lícitamente “se requiere que, si goza de uso de razón, esté convenientemente instruido, bien dispuesto y pueda renovar las promesas del bautismo”.

Obsérvese que el uso de razón no es presentado como una condición necesaria para recibir este sacramento. Esto constituye implícitamente una afirmación de la eficacia del mismo como don gratuito de Dios.

El Catecismo y el Código recuerdan que el sacramento de la confirmación debe ser administrado tanto a niños como a adultos si están en peligro de muerte. Eso expresa la importancia del sacramento y el derecho que asiste a todo bautizado a recibir la confirmación, aunque no tenga uso de razón.

33.- Edad del candidato para la recepción del sacramento

Las orientaciones del Concilio Vaticano II, el “Ordo confirmationis”, el documento de la Conferencia Episcopal “La iniciación cristiana. Reflexiones y orientaciones” (1998) y la instrucción de los Obispos del Sur de España sobre la iniciación cristiana (2013), no han pretendido resolver el tema de la edad del candidato para celebrar la confirmación, sino que se deja a la discreción pastoral del obispo diocesano.

La norma de la Iglesia universal es: “El sacramento de la confirmación se ha de administrar a los fieles en torno a la edad de la discreción, a no ser que la Conferencia Episcopal determine otra edad, o exista peligro de muerte o, a juicio del ministro, una causa grave aconseje otra cosa”.

El catecúmeno adulto, al celebrar los sacramentos de iniciación, recibe el bautismo, la confirmación y participa en la eucaristía en el mismo acto litúrgico.

Para el niño bautizado en su infancia la Iglesia pide que, llegado al uso de razón, se prepare convenientemente y se le confirme cuanto antes: éste es el criterio fundamental. No tiene sentido retasar el sacramento de la confirmación a edades más avanzadas, por motivaciones que no son teológicas.

El tema de la edad para recibir el sacramento de la confirmación no debe ser un problema, ni tampoco un motivo de discusiones pastorales estériles.

34.- Praxis común de la recepción del sacramento

Antes del Concilio Vaticano II la praxis común era recibir el sacramento de la confirmación cuando el obispo visitaba las parroquias. Los candidatos eran de muy diversa edad, según el tiempo que hacía desde la última visita del obispo. La preparación para recibir el sacramento era prácticamente nula; si bien es cierto que la familia y la misma sociedad educaba normalmente en la fe.

Después del Concilio se discutió sobre el momento adecuado de la confirmación. Había dos opiniones diversas: 1) respetar al orden teológico de los sacramentos de iniciación; 2) retrasar la edad para tener mayor conciencia por parte del candidato.

La Conferencia Episcopal Española propuso la edad de la confirmación en torno a los catorce años; ésta era la edad en que los niños terminaban la escuela obligatoria.

La propuesta posibilitaba que la educación cristiana de las nuevas generaciones no se cerrase con la primera comunión y se pudiera abrir a un proceso catecumenal consciente y libremente asumido.

Pero, en realidad, era a partir de los catorce años cuando se solía empezar la preparación para la confirmación, que se prolongaba hasta varios años después. En muchas diócesis españolas la confirmación se administraba a candidatos de más de dieciocho años.

 

VI.- CELEBRACIÓN DEL SACRAMENTO DE LA CONFIRMACIÓN

35.- La promesa del Espíritu

El sacramento de la confirmación se inscribe en la economía de la salvación, y para comprenderlo mejor hay que remontarse a la promesa del Espíritu, que anunciaron los profetas veterotestamentarios.

El Espíritu del Señor sería dado al Mesías, para que éste pudiese llevar a cabo la misión salvífica que Dios le conferiría.

Este don del Espíritu, que posee Jesús, debía ser comunicado a todo el pueblo mesiánico. Ya se entendía así en el Antiguo Testamento; el Espíritu derramado sobre el Mesías sería a su vez comunicado al pueblo (cf. Ez 36, 25-27; Jl 3, 1-2).

36.- La efusión del Espíritu, esencial en el sacramento de la confirmación

Toda la vida de Jesús, como Mesías o Cristo, se realiza en la comunión con el Espíritu Santo que el Padre le da (cf. Jn 3, 34), como lo recuerda el episodio de su bautismo (cf. Mt 3, 13-17).

Cristo prometió la efusión del Espíritu (cf. Lc, 12, 12; Jn 3, 5-8; 7, 37-39; 16, 7-15; Hch 1, 8), derramándolo sobre los creyentes (cf. Jn 20, 22; Hch 2, 1-4). Así lo experimentaron los primeros discípulos, entendiendo que, de ese modo, se cumplía la promesa hecha por Cristo y anunciada por los profetas.

Llenos del Espíritu Santo, los apóstoles comienzan a proclamar “las maravillas de Dios” (Hch 2,11). El apóstol Pedro declara que la efusión del Espíritu es el signo de los tiempos mesiánicos, y pone en conexión desde el principio: la conversión, el bautismo y la recepción del Espíritu Santo: «¿Qué hemos de hacer, hermanos? Pedro les contestó: Convertíos y que cada uno de vosotros se haga bautizar en el nombre de Jesucristo, para remisión de vuestros pecados; y recibiréis el don del Espíritu Santo» (Hch 2, 37-38).

37.- La imposición de manos

La imposición de manos es un gesto usado ya en el A.T. para bendecir (cf. Nm 8,10; 27,18). Imponiendo las manos Jesús curaba a los enfermos (cf. Mc 6,5; 8,23) y bendecía a los niños (cf. Mc 10,16). Los apóstoles hacían el mismo gesto (cf. Mc 16,18; Hch 5,12; 14,3).

Mediante la imposición de manos de los apóstoles recibían los fieles el Espíritu Santo (cf. Hch 8,17; 13,3; 19,6). En la Iglesia primitiva se comunicaba el Espíritu a los neófitos mediante la imposición de manos, completando así la gracia del bautismo (cf. Hch 8, 15-17; 19, 5-6). Esa imposición de manos ha sido considerada como el origen del sacramento de la confirmación, que perpetúa en la Iglesia la gracia de Pentecostés.

En la carta a los Hebreos la imposición de las manos figura en el número de los "artículos fundamentales" de su enseñanza (cf. Hb 6,2). La Iglesia ha conservado en sus epíclesis sacramentales este signo de la efusión todopoderosa del Espíritu Santo.

El Catecismo de la Iglesia Católica distingue la extensión de las manos, hecha de forma general sobre todos los confirmandos, que el obispo realiza mientras invoca sobre ellos la efusión del Espíritu Santo con sus dones, de la imposición de la mano simultánea a la unción, que constituye «el rito esencial del sacramento».

38.- La crismación con signación

Al signo de la imposición de manos se añadió muy pronto el signo de la unción con óleo perfumado (crisma), expresando así que “cristiano” significa “ungido” con el Espíritu, que tiene su origen en el nombre de Cristo, a quien «Dios ungió con el Espíritu Santo» (Hch 10,38). Se entiende así que en oriente este sacramento se llama “crismación”, y se realiza signando en la frente.

“En la liturgia de las Iglesias de Oriente, la unción postbautismal es el sacramento de la crismación (confirmación). En la liturgia romana, dicha unción anuncia una segunda unción del santo crisma que dará el obispo: el sacramento de la confirmación que

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