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Decreto sobre el retorno progresivo de los actos de culto externo

Notas y comunicados
Publicado: 15/09/2021: 20003

El Obispo de Málaga ha firmado con fecha de hoy el siguiente decreto para retomar progresivamente los actos de culto externo:

JESÚS E. CATALÁ IBÁÑEZ

por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica

OBISPO DE MÁLAGA

Habida cuenta de la situación actual de la pandemia del “coronavirus” en el territorio de nuestra Diócesis, y la razonable previsión de la evolución positiva de la lucha contra esta enfermedad; conscientes de la gran responsabilidad que ha venido demostrando el pueblo fiel durante todos estos meses, a pesar de los grandes sacrificios que se le ha venido pidiendo; y atendido el deseo de los fieles de retomar progresivamente los actos de culto externo; de conformidad con lo preceptuado en el canon 381§1 del Código de Derecho Canónico, en uso de mi potestad ordinaria

DECRETO

1.- Dejar sin efecto nuestro anterior decreto, de fecha 15 de enero de 2021, por el que se suspendían todos los actos que tuvieran carácter de culto externo y todas las celebraciones en las que se hiciera uso de la vía pública. 

2.- No obstante lo anterior, y particularmente en lo referente a procesiones, estaciones de penitencia y romerías prevenidas estatutariamente, o aprobadas expresamente por el Obispado, será precisa la comunicación previa fehaciente a la Delegación episcopal de Hermandades y Cofradías, realizada por los párrocos o las Juntas de Gobierno de las Hermandades y Cofradías organizadoras. Dicha comunicación deberá realizarse con una antelación mínima de un mes del inicio de la celebración, a fin de que la citada Delegación pueda, en caso de considerarlo oportuno, pronunciarse al respecto. 

3.- Todo lo anterior, se entiende sin perjuicio de que los actos de culto externo y celebraciones en las que se haga uso de la vía pública deberán guardar en todo momento las medidas sanitarias y contar con la autorización de las autoridades competentes y las licencias municipales pertinentes. El responsable, párroco o Junta de Gobierno de la Hermandad o Cofradía, cumplirá estrictamente las normas estatales, autonómicas o locales que correspondan, debiendo proveer lo necesario para su correcto desarrollo. 

4.- Llamamos a seguir manteniendo la prudencia en lo que se refiere a la organización y desarrollo del culto externo, y seguimos pidiendo al Señor por todos los afectados y para que aleje definitivamente de nosotros esta grave enfermedad.

Dado en Málaga, a 15 de septiembre de 2021.

Diócesis Málaga

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